Ley Sálica

El reinado de Clodoveo I sería, por mucho, el más recordado de los primeros reyes francos, no solo por haber dado vida a la mítica dinastía merovingia, sino también por haber sido el responsable de la unificación de todos los pueblos francos bajo un mismo reino y un mismo código jurídico, la Ley Sálica, a inicios del siglo VI.

Hoy, más de 1.500 años después de la promulgación de la Ley Sálica, la historia de Clodoveo I, el primer rey franco en convertirse al cristianismo, ha sido opacada por la ley antes mencionada, pero… ¿a qué se debe esto?

Usualmente se cree que, dentro de los múltiples edictos, regulaciones y prohibiciones establecidas en la Ley Sálica, figuraba la exclusión de las mujeres de la herencia del trono de Francia en favor del hijo mayor del último rey o, en su defecto, el pariente varón más cercano. Sin embargo, dicha ley nunca hizo referencia explícita a tal exclusión.

Casi todo cuanto se conoce y se difunde actualmente respecto a la Ley Sálica es un mito, fruto de la tergiversación y la asimilación excesiva de su nombre con todos los procedimientos de sucesión monárquica basado, total o parcialmente, en la primogenitura masculina.

Este artículo parte de la premisa antes expuesta, siendo su objetivo definir y esclarecer todo el aura desinformativa que rodea a la Ley Sálica como primer gran código jurídico de los francos.

Definición de Ley Sálica

Se define como Ley Sálica (Lex Salica) a la ley secular compilada y publicada por los francos salios entre el siglo V y el siglo VI, presuntamente, durante el reinado del rey Clodoveo I.

Miniatura sobre la Ley Sálica
Miniatura de las Crónicas de St. Denis en la que el rey de los francos dicta la Ley Sálica.

Se cree que este último ordenó que la ley de los francos fuese escrita en latín, puesto que no solo su pueblo debía entenderla, sino también todos sus vasallos, quienes dominaban el latín debido a la enorme influencia del Imperio romano.

Si bien el origen de la Ley Sálica es incierto, y, en la actualidad, sigue siendo materia de debate, se sabe con exactitud las distintas temáticas que dicho código legal abordaba. Así, por ejemplo, la Ley Sálica contemplaba acciones jurídicas respecto a herencias, robos, homicidios, lesiones, hechicerías, maleficios y demás actos punibles.

A pesar del amplísimo marco jurídico que presentaba la Ley Sálica, actualmente este compendio de leyes es recordado principalmente por haber privado a las mujeres del derecho de sucesión dinástico en distintas monarquías europeas, siendo este un derecho exclusivamente de los hombres.

Sin embargo, y por extraño que parezca, en ninguno de los artículos de la Ley Sálica se expresó de forma explícita tal privilegio masculino.

El origen del mito de la ley sálica

Ley Sálica: artículo LXII

Si la Ley Sálica no expresó de manera explícita en ninguno de sus artículos que solo el hijo mayor del último rey o, en su defecto, el pariente varón más cercano podía ostentar el derecho al trono, ¿de dónde proviene tal creencia…?

Puede que la respuesta a la anterior interrogante radique en el artículo LXII de la Ley Sálica: el único que hace referencia, en cierta medida, al mito de la primogenitura masculina y el derecho de sucesión dinástica. En dicho artículo figuran las siguientes normativas:

Manuscrito de la Ley Sálica
Manuscrito de la Ley Sálica.
  1. Si un hombre muere sin dejar hijos, que su padre o madre le sucedan.

  2. Si no tiene ni padre ni madre, que sus hermanos o hermanas hereden de él.

  3. A falta de ellos, que sean las hermanas de su padre.

  4. A falta de ellas, las hermanas de su madre.

  5. Y a falta de estas últimas, los parientes paternos más cercanos.

  6. Pero que ninguna porción de la tierra sálica pase en herencia a las mujeres; y que toda la herencia de la tierra pertenezca a los varones.

Cabe destacar que el anterior artículo no hace referencia exclusiva a la herencia de la corona de los francos, sino al patrimonio y la herencia de la tierra en general.

No obstante, es probable que, desde la perspectiva patrimonial y doméstica de los francos en su etapa monárquica temprana, este artículo fuese lo suficientemente explicito como para asociarlo con lo que se entiende hoy por ley sálica.

Felipe V: la Ley de los Varones

En el año 1316, el rey Luis X de Francia fallecería tras haber ingerido una cantidad desmesurada de vino frío inmediatamente después de haber jugado un partido de tenis particularmente agotador. Este trágico y repentino suceso dejó huérfanos a dos infantes:

  • Juana, de cinco años de edad.
  • Juan, quien aún se encontraba en gestación al momento de la muerte de su padre.

La noche del 15 de noviembre de 1316, Juan el Póstumo (Juan I) nacería, siendo coronado de inmediato rey de Francia y de Navarra. Sin embargo, por azares del destino, Juan I fallecería tan solo cinco días después de haber nacido, dejando vacante el trono de Francia.

Esta serie de sucesos trágicos sería aprovechada por Felipe de Poitiers, el hermano de Luis X, quien, en su condición de regente de Francia, promulgó la Ley de los Varones (la Loi des Mâles).

Según esta ley, solo los primogénitos varones del rey vigente podían heredar la corona, o bien, en ausencia de este, el pariente varón más cercano al rey muerto. Gracias a este artimaña jurídica, Felipe de Poitiers ascendió al trono de Francia bajo el nombre de Felipe V.

Usualmente, este percance jurídico es asumido como el inicio de la aplicación de la ley sálica desde tiempos de los francos. Aunque ello nunca fuese expresado explícitamente por ninguno de los cronistas de la época, siendo más bien una conjetura jurídica por parte de Felipe V y la asamblea de notables que lo nombró rey.

Origen de la Ley Sálica

En la actualidad, las circunstancias en las que se originó la Ley Sálica siguen siendo objeto de estudio y debate. Así, por ejemplo, mientras que para el historiador germano Georg Waitz la Ley Sálica fue creada en el siglo V por mandato del rey franco Clodión el Cabelludo, para el historiador francés Jean-Pierre Poly este código jurídico no fue creado por ningún monarca franco, sino por oficiales francos al servicio de Roma.

Establecimiento de la Ley Sálica
Establecimiento de la Ley Sálica.

Si bien existen distintas hipótesis sobre el origen de la Ley Sálica, la mayoría de historiadores y cronistas prefieren asumir que, o bien Clodoveo I fue el autor de dicho compendio jurídico, o dicho código se promulgó durante el reinado de este último.

Abolición de la Ley Sálica

Contrario a la creencia popular, no fue Fernando VII de España quien abolió la Ley Sálica, al menos no la Ley Sálica por la cual se rigieron los francos desde su presunta instauración a inicios del siglo V hasta finales del siglo X. En realidad, desde la aparición del moderno reino de Francia entre los siglos IX y X, la Ley Sálica había quedado ya en desuso.

Cabría preguntarse, ¿cómo es posible que la ley sálica haya tenido jurisdicción en otras monarquías europeas (España, Hungría y Suecia) siendo esta de origen franco?

La mayoría de historiadores coincide en que el concepto popular atribuido a la ley sálica fue un mito político construido por la monarquía y la nobleza francesa que posteriormente fue aprovechado por la nobleza de distintas monarquías europeas, ya fuese por intereses feudales o protonacionales.

Referencias:

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